La Audiencia de Pontevedra condena a dos hombres por violar a una joven en un piso de Vigo y grabarlo con un móvil
La Sala le ha impuesto a uno de ellos nueve años de cárcel y, al procesado que filmó los hechos, once años y medio
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- Comunicación Poder Judicial
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a dos acusados de agredir sexualmente, de forma conjunta, a una joven de 18 años en un domicilio de Travesía de Vigo. El tribunal le ha impuesto a uno de ellos once años y medio de cárcel, pues también ha sido considerado autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos por haber grabado los hechos. En su caso, el tribunal ha tenido en cuenta la atenuante simple de reparación parcial del daño por consignar 7.500 euros. Al otro procesado, le ha impuesto nueve años de prisión. Ambos deberán pagar una indemnización conjunta a la víctima de 17.000 euros.
Los magistrados aseguran en el relato de hechos probados de la sentencia que la afectada conoció a ambos el día de los hechos, el 4 de septiembre de 2022, cuando tenía 18 años, en un local del Arenal al que había acudido con varias amigas. Al cerrar uno de los establecimientos, el grupo, incluida la víctima, decidieron continuar la fiesta en el domicilio de un amigo de uno de los procesados. Una vez allí, según indican los jueces, la joven mantuvo relaciones sexuales consentidas en una de las habitaciones con uno de los dos condenados. Cuando ambos estaban en el interior de la dependencia, el resto de miembros del grupo, a excepción del otro sospechoso, se marcharon del domicilio tras una discusión. En ese momento, según señala el tribunal, el procesado entró en la habitación y, tanto él como su amigo, que ya estaba en el interior, agredieron sexualmente a la víctima. Los magistrados subrayan que la joven “les pidió que parasen, pero no lo hicieron”. Además, añaden que uno de ellos grabó la violación con su teléfono móvil.
La Sala destaca que ha llegado a la conclusión de que los hechos sucedieron de ese modo “tras la oportuna valoración en conciencia de la prueba practicada en el seno del juicio oral, fundamentalmente la de la víctima objeto de la agresión sexual y la que se grabó con el móvil”. Además, ha tenido en cuenta las declaraciones de los agentes que acudieron al lugar de los hechos alertados por la joven. El tribunal también indica que un “elemento corroborador muy importante” del testimonio de la afectada es la huella psíquica que le dejó la agresión sexual, puesta de relieve por tres peritos. “No se aprecian modificaciones esenciales, ni contradicciones relevantes en las sucesivas declaraciones prestadas por la víctima, ya que siempre ha expuesto la misma versión sobre cómo sucedieron los hechos”, recalcan los jueces en la sentencia, contra la que cabe presentar recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del TSXG.