Ratifican la condena al patrón de una patera procedente de Argelia con ocho personas a bordo

Los pasajeros, dos de ellos niños, permanecieron durante horas a la deriva sin alimentos ni combustible

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Comunicación Poder Judicial

El Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears ha condenado a cuatro años de prisión por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros a un ciudadano argelino que organizó una travesía en patera con ocho personas a bordo y que permanecieron a la deriva hasta que fueron rescatadas.

La sentencia de la Audiencia Provincial relata que entre las 1.00 horas del día 26 de mayo y las 4.00 del 27 de mayo de 2024, el encausado se encontraba a los mandos de una embarcación tipo patera de 5 metros de eslora y motor de 40 CV de potencia, desde su salida de Argelia hasta llegar a aguas españolas. El viaje, por el que cada pasajero pagó unos 1.500 euros, había sido organizado por personas no identificadas en connivencia con el acusado. La embarcación, con ocho personas a bordo (dos de ellas menores), permaneció a la deriva por falta de combustible y alimentos, en condiciones infrahumanas y carente de elementos de seguridad y salvamento. La travesía puso en peligro la vida e integridad de todos los que viajaban a bordo hasta que fueron auxiliados por Salvamento Marítimo.

La Sala expone en sus fundamentos que la resolución de instancia efectúa un “exhaustivo relato de las condiciones de peligro en los hechos probados, que no ha resultado desvirtuadas”. Añade que estas apreciaciones resultan “correctas” y que “determinan que se efectuó la travesía en unas condiciones de penuria y riesgo, con grave puesta en peligro para la vida de los pasajeros, dos de ellos, menores de edad”.

Y concluye: “Es obvio que concurrió un riesgo grave para la vida e integridad de los pasajeros, quedando a expensas de cualquier eventualidad que pudiese acaecerles en alta mar, sin posibilidad de comunicar con tierra, lo que podría haber derivado en la desaparición de la embarcación en alta mar con todo el pasaje, ahogamientos, hipotermias severas y otras funestas consecuencias, tal y como expone la sentencia de instancia”.